Desde Ventanilla Única_DIPALME le informamos que se ha publicado:
- Resolución de 17 de abril de 2026, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se realiza la convocatoria de incentivos del Programa 2 «Espacios productivos» de la Línea 1 acogidos a la Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.
- Extracto de la Resolución de 17 de abril de 2026, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se realiza la convocatoria de incentivos del Programa 2 «Espacios productivos» de la Línea 1 acogidos a la Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.
Objeto: La presente convocatoria abarca los tipos de actuaciones que a continuación se relacionan:
a) Línea de incentivos para el desarrollo competitivo de las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía (Línea 1):
Programa 2. Espacios productivos.
- L1.2.1. Transición hacia áreas de competitividad industrial y empresarial.
- L1.2.2. Desarrollo de espacios para la competitividad a través de la colaboración.
- L1.2.3. Infraestructuras para el uso eficaz de los recursos y la protección ambiental.
Beneficiarios:
- Personas jurídicas privadas, personas físicas, con o sin ánimo de lucro, asociaciones y agrupaciones de las figuras anteriores con personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
- Entidades de gestión de espacios productivos y empresariales o comunidades de propietarios con personalidad jurídica establecidos a tal fin, incluidas las Entidades urbanísticas de conservación, que tengan alguna de las formas jurídicas legalmente válidas para el desarrollo de sus actividades en relación con los espacios productivos. A los efectos de determinar la condición de pyme, se tendrán en cuenta los efectivos y límites financieros, tanto de la persona o entidad solicitante como de las personas o entidades asociadas y/o vinculadas a la misma, en los términos del artículo 2 y siguientes del Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
- Entidades locales territoriales y entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas cuando no ejerzan actividad económica. Esto es, siempre que no pongan bienes o servicios a disposición del mercado a cambio de cualquier contraprestación económica.
Presupuesto: 8.320.000€
Plazo: se iniciará a las 9:00 del día 16 de junio de 2026, una vez por aprobados los formularios, mediante la publicación de la correspondiente resolución y permanecerá abierto durante tres meses.
(Más información en la ficha-resumen)